El Grupo Popular en el Ayuntamiento de Artenara, presentó el pasado 11/05/09, alegaciones al Presupuesto Municipal para el ejercicio 2009
A continuación exponemos un resumen de las mismas:
PRIMERO. El procedimiento de elaboración y aprobación inicial debería de estar sometida al pleno para su aprobación, antes del día 15 de octubre de cada ejercicio para estar aprobado de forma definitiva el 31 de diciembre de cada año anterior. Hecho que no se ha producido.
SEGUNDO.- Que la elaboración de este Presupuesto se ha hecho sin ningún tipo de participación, ni por parte del único Grupo Municipal existente en el Ayuntamiento de Artenara ni por parte de los colectivos de nuestro Pueblo.
TERCERO. (ANEXO DE PERSONAL).- Según acuerdo plenario de fecha 23 de enero de 2009, se acordó, entre otros, la dedicación exclusiva del Concejal Don Arcadio J. Sosa Medina, percibiendo una retribución anual bruta de TREINTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTISEIS EUROS CON SETENTA CENTIMOS (36.126,70 €) y si observamos el anexo de personal en el apartado de “altos cargos” solo figura la dedicación exclusiva de la Concejal Dña. Ana Díaz González, estando por lo tanto este anexo erróneo.
CUARTO.- (PLAN DE INVERSIONES). El presupuesto de la entidad deberá contener la inversión prevista para un plazo de cuatro años, estando incompleto pues falta el desglose del Plan cuatrienal de Inversiones.
QUINTO.- Las modificaciones que planteamos habría que realizar al presupuesto municipal para el ejercicio 2009, son las siguientes:
• Dentro del estado de gastos suprimir la siguiente partida:
* Promoción y difusión de la cultura, suprimir la partida "226.09 de gastos diversos” por importe de 21.992,93 €.
A continuación exponemos un resumen de las mismas:
PRIMERO. El procedimiento de elaboración y aprobación inicial debería de estar sometida al pleno para su aprobación, antes del día 15 de octubre de cada ejercicio para estar aprobado de forma definitiva el 31 de diciembre de cada año anterior. Hecho que no se ha producido.
SEGUNDO.- Que la elaboración de este Presupuesto se ha hecho sin ningún tipo de participación, ni por parte del único Grupo Municipal existente en el Ayuntamiento de Artenara ni por parte de los colectivos de nuestro Pueblo.
TERCERO. (ANEXO DE PERSONAL).- Según acuerdo plenario de fecha 23 de enero de 2009, se acordó, entre otros, la dedicación exclusiva del Concejal Don Arcadio J. Sosa Medina, percibiendo una retribución anual bruta de TREINTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTISEIS EUROS CON SETENTA CENTIMOS (36.126,70 €) y si observamos el anexo de personal en el apartado de “altos cargos” solo figura la dedicación exclusiva de la Concejal Dña. Ana Díaz González, estando por lo tanto este anexo erróneo.
CUARTO.- (PLAN DE INVERSIONES). El presupuesto de la entidad deberá contener la inversión prevista para un plazo de cuatro años, estando incompleto pues falta el desglose del Plan cuatrienal de Inversiones.
QUINTO.- Las modificaciones que planteamos habría que realizar al presupuesto municipal para el ejercicio 2009, son las siguientes:
• Dentro del estado de gastos suprimir la siguiente partida:
* Promoción y difusión de la cultura, suprimir la partida "226.09 de gastos diversos” por importe de 21.992,93 €.
• Dentro del estado de gastos añadir las siguientes partidas:
* El personal laboral temporal encargado de la Residencia Municipal puede causar baja temporal por enfermedad, motivos personales, etc, por lo que se debe contratar a personal para cubrir todos los servicios necesarios en la residencia. En el presupuesto presentado no hay ninguna partida destinada a paliar las posibles ausencias o bajas de las trabajadoras. Por lo que debe ser consignada una cantidad presupuestaria dentro del Grupo de Función 3, subfunción 3.1.3.
* Dentro del Grupo de Función 3, subfunción 3.1.3., partida de “Convenios” para los trámites necesarios para la construcción de la Residencia para la Tercera Edad.
* Dentro del Grupo de Función 3, subfunción 3.1.3., aumento de las partidas para servicios asistenciales.
* Dentro Grupo de Función 3, subfunción 3.1.3., crear una partida específica para políticas destinadas a favorecer la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
* El personal laboral temporal encargado de la Residencia Municipal puede causar baja temporal por enfermedad, motivos personales, etc, por lo que se debe contratar a personal para cubrir todos los servicios necesarios en la residencia. En el presupuesto presentado no hay ninguna partida destinada a paliar las posibles ausencias o bajas de las trabajadoras. Por lo que debe ser consignada una cantidad presupuestaria dentro del Grupo de Función 3, subfunción 3.1.3.
* Dentro del Grupo de Función 3, subfunción 3.1.3., partida de “Convenios” para los trámites necesarios para la construcción de la Residencia para la Tercera Edad.
* Dentro del Grupo de Función 3, subfunción 3.1.3., aumento de las partidas para servicios asistenciales.
* Dentro Grupo de Función 3, subfunción 3.1.3., crear una partida específica para políticas destinadas a favorecer la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
* Dentro del Grupo de Función 4, subfunción 4.2.2. Enseñanza, crear la partida “481.00 premios y becas”, la cual figuraba en ejercicios anteriores.
* Dentro del Grupo de Función 5, subfunción 5.1.1., crear una partida de “Convenios” para continuar con la obra del “parque medioambiental de las cumbres de Gran Canaria”.
* Consignar una partida para la provisión de fondos para hacer frente a “posibles responsabilidades que se deriven de sentencias”.
* Gastos de personal. Proponemos la creación de una cuadrilla por un periodo de 6 meses para limpiar caminos y cunetas de caminos de titularidad municipal, y así dar trabajo a las personas que tienen dificultad de encontrarlo. La estimación del coste seria de 22.000 € que saldrían de la partida que hemos indicado cause baja, “promoción y difusión de la cultura”, dotada con 21.992,93 €.
• Dentro de la Base 54 de Ejecución del Presupuesto, “indemnizaciones a los miembros de la Corporación”, consignar las cantidades que a continuación se detallan:
• Dentro de la Base 54 de Ejecución del Presupuesto, “indemnizaciones a los miembros de la Corporación”, consignar las cantidades que a continuación se detallan:
* Dietas por traslado fuera de la localidad del Presidente y miembros de la Corporación, 36,00 € diarios.
* Dietas por traslado fuera de la isla, 120,00 € diarios.
* Gastos de locomoción por desplazamientos del Presidente y miembros de la Corporación, a razón de 0,19 €/kilómetro.
* Gastos de locomoción por desplazamientos de funcionarios y contratados de la Corporación, a razón de 0,19 €/kilómetro.
* Dietas por traslado fuera de la isla, 120,00 € diarios.
* Gastos de locomoción por desplazamientos del Presidente y miembros de la Corporación, a razón de 0,19 €/kilómetro.
* Gastos de locomoción por desplazamientos de funcionarios y contratados de la Corporación, a razón de 0,19 €/kilómetro.
• Dentro de la misma Base 54 de Ejecución del Presupuesto, en el apartado 2, mantenemos la misma propuesta que realizamos para el ejercicio 2007 y 2008:
Asistencia a Plenos ------------------------------ 60,00 €.
Asistencia a Juntas de Gobierno Local ----------- 30,00 €.
Asistencia a Juntas de Gobierno Local ----------- 30,00 €.
2 comentarios:
¿Cuanto tiempo mas estará este gobierno haciendo lo que le da la gana?
A todas esas personas que votaron y confiaron en que le daria un aire de juventud y sacaria lo mejor de Artenara, ahi, tienen el resultado....
Eva,espero que estes pensando algo porque como sigamos asi, artenara se muere.
Comentario nº 1, pienso lo mismo que usted.
¿Pero que pueda pensar Eva para que no sigamos así? Lo único que se me ocurre es ".... una moción de censura..". Pero no, por dios, poner de alcalde a Manolo.
Estoy convencido que sería peor, pues no dejaría trabajar al equipo de concejales del PP.
Desde aquí animar al grupo del PP y que sigan luchando por Artenara.
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